| La
Ley General de Consumidores y Usuarios recoge los siguientes
derechos básicos: |
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| DERECHO
A LA PROTECCIÓN DE SU SALUD Y SU SEGURIDAD:
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- Los
productos y servicios destinados al consumo no deben
suponer peligro para la salud y seguridad física
de quienes los consumen.
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- La
Generalitat y los Ayuntamientos velan por el cumplimiento
de la Ley y ejercen la adecuada vigilancia y control,
previniendo y sancionando cualquier infracción
que suponga un perjuicio para la seguridad y la salud
de los consumidores.
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| DERECHO
A LA PROTECCIÓN DE SUS INTERESES ECONÓMICOS
Y SOCIALES: |
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| El
consumidor tiene derecho a: |
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- Exactitud
en el peso y medida de los bienes.
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- Aplicación
del régimen legal de los precios.
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- Entrega
de las facturas claras y exactas.
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- Publicidad
veraz y objetiva.
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| DERECHO
A LA REPARACIÓN DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS:
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| El
consumidor tiene derecho a ser indemnizado por los perjuicios
que puedan ocasionarle actividades que no respeten sus
derechos. Para ello, es necesario efectuar la reclamación
correspondiente en
los términos establecidos por la Ley. |
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| DERECHO
A LA INFORMACIÓN Y A LA EDUCACIÓN: |
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- Los
consumidores tienen derecho a toda clase de información
relacionada con el consumo. La publicidad debe ser
veraz y objetiva, respetando la libertad de elección
del consumidor y, en especial, la de los colectivos
con particular necesidad de protección como
niños, mujeres y personas mayores.
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- En este sentido, las O.M.I.C.s prestan servicios
de asesoramiento e información, y sirven de
cauce para reclamaciones
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| DERECHO
A LA REPRESENTACIÓN POR ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES: |
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| Los
consumidores tienen derecho a participar, ser consultados
y representados, a través de las asociaciones de
consumidores, en todos los asuntos relacionados con el
consumo. Estas asociaciones, además, sirven de
cauce para el ejercicio de los derechos individuales y
colectivos de los consumidores |
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DERECHO A LA PROTECCIÓN ANTE SITUACIONES
DE INFERIORIDAD, SUBORDINACIÓN O INDEFENSIÓN:
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| La
Administración Pública tiene como misión
evitar y suplir en todo momento las situaciones de inferioridad,
subordinación e indefensión en que pudiera
encontrarse el consumidor, individual o colectivamente. |
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